sábado, 23 de enero de 2010

Los trabajadores del STPRN. Exigimos justicia en torno a la cuarta elección fraudulenta de Carlos Romero Deschamps. Autoridades Federales Cómplices.

México D. F. a 21 de Enero de 2010.

Democracia Sindical
Año 2. Boletín # 3.

Al presidente de México.
A las autoridades federales.
A los trabajadores petroleros.
Al pueblo en general.


A continuación reproducimos el documento que fue entregado en la oficialía de partes de la Presidencia de la República. El documento original no tiene imágenes. En cuanto nos den la respuesta les informamos.


Sr. Felipe Calderón Hinojosa.
Presidente de México.
P R E S E N T E:

Los abajo firmantes señalamos como domicilio para recibir cualquier tipo de notificación, el ubicado en la calle Olivo # 53, Fraccionamiento San Rafael, Tlalnepantla Edo. de Mex. c.p. 54120.

Nos dirigimos a Usted con la finalidad de exponerle de manera formal la problemática que venimos arrastrando desde el 27 de octubre del 2005. Fecha en que de manera ilegal e ilegitima se eligió por cuarta ocasión Carlos Antonio Romero Deschamps, al frente del Sindicato Petrolero.

Dicha reelección la llevo acabo utilizando de manera oportunista la XXIV convención Extraordinaria. Desde el momento de su reelección advertimos a la STPS de las maniobras y violaciones a nuestros estatutos, fuimos ignorados. Las elecciones fueron impugnadas y ya salieron dos resoluciones en contra de dicha reelección en igual número de amparos.


Sin embargo la STPS, no ha respetado las resoluciones provenientes de una autoridad superior y se la ha pasado entregando tomas de nota a Carlos Romero. Cuando “eso ni se le solicita ”. Hasta el momento dicha dependencia le ha otorgado a Romero tres tomas de nota en el periodo 2007-2012, todas ellas de manera ilegal y las dos últimas en desacato a las disposiciones de los Tribunales. De manera delictiva y corruptiva la STPS se la a pasado otorgando tomas de nota a Romero.

Algunos Datos:

La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, nos dan garantías para que los trabajadores nos asociemos y conformemos sindicatos. Los cuales tienen la función de luchar por la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.

Los sindicatos son entes autónomos y cuentan con un acta constitutiva en donde se plasman sus estatutos. Los cuales no son otra cosa que las reglas internas del sindicato que garantizan la vida armónica al interior del gremio.

No obstante en los procesos electorales esta establecido que la STPS por medio del Registro de asociaciones, tiene la facultad de cotejar las actas de asamblea referentes a la elección del comité Ejecutivo Nacional y local, con la finalidad de verificar si la elección está apegada a lo que señalan los estatutos del sindicato y a lo que señala la Ley Federal del Trabajo.


En caso de que la autoridad laboral encuentre irregularidades en la elección y que las constancias exhibidas no estén en concordancia con lo que señalan los estatutos del gremio. Tiene las facultades de no otorgar la toma de nota y se establecerían una serie de criterios para restablecer el marco sindical. También existe el recurso de impugnación, si se demuestra que la STPS otorgo de manera ilegal la toma de nota, tiene que actuar conforme a derecho y retirar la toma de nota.

Como se podrá apreciar todos los elementos Jurídicos están plasmados claramente en nuestras leyes. Pero son las propias autoridades encargadas de cumplirlas y aplicarlas las que no están haciendo bien su trabajo. Tenemos que respetar el Estado de Derecho, las leyes se hicieron para respetarlas no para violarlas y manejarlas a conveniencia.

Antecedentes:

Como es de su conocimiento, Carlos Antonio Romero Deschamps ocupo la Secretaría general del STPRM en 1993, de entonces a la fecha se ha venido reeligiendo, de tal forma que ya lleva 4 elecciones. 1993, 1994-1999, 2000-2006 y 2007-2012. La última reelección la llevo acabo el 27 de octubre de 2005 con una anticipación de 15 meses antes de cumplir su periodo.

Este y otro tipo de hechos violatorios a nuestros estatutos dieron la pauta para que la cuarta elección de Romero fuera impugnada ya que:

1.- NO HICIERON CONVOCATORIA PARA LA ELECCION DEL 27 DE OCTUBRE DEL 2005, como lo prevén los artículos 107, 109, 133, 245, 286 y demás relativos y aplicables de los Estatutos Sindicales que rigen la vida interna del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

2.- NO SE VERIFICO EL QUORUM LEGAL EN LA XXIV CONVENCION, como lo prevé los artículos 135 al 146 en especial 139 fracción II y demás relativos y aplicables de los Estatutos Sindicales que rigen la vida interna del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

3.- EN EFECTO, EN LA CONVENCIÓN DEL VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO, EN LA QUE SE CELEBRÓ LA XXIV CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA, SE HACE MENCIÓN DE QUE SE REFORMAN LOS ESTATUTOS SINDICALES, PERO NO SE ACOMPAÑARON LAS REFORMAS A LOS ESTATUTOS (COMO LO ORDENA LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO)

4.- LA ELECCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL SE HIZO EN UNA CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA, CUANDO LOS ESTATUTOS SINDICALES DEL 2000 INDICAN QUE DEBE DE SER EN CONVENCIÓN ORDINARIA

5.- LA ORDEN DEL DIA QUE SE DIO EN LA CONVOCATORIA ES DISTINTA A LA ORDEN DEL DÍA DE LA XXIV CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA.

6.- EN LA XXIV CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA DEL VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL CINCO, SE PUEDE APRECIAR LA FLAGRANTE VIOLACIÓN A LA DEMOCRACIA SINDICAL, YA QUE DE LA LECTURA DE DICHA ACTA CLARAMENTE SE APRECIA QUE CARLOS ANTONIO ROMERO DESCHAMPS ES JUEZ Y PARTE, YA QUE ÉL CONVOCA A LA XXIV CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA DEL VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL CINCO, ÉL ES EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA EN LA XXIV CONVENCIÓN EXTRAORDINARIA DEL VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL CINCO.

7.- EN LOS ESTATUTOS SINDICALES SOLO SE PERMITE LA ELECCIÓN POR DOS OCASIONES como lo prevé los artículos 292 y 293 y demás relativos y aplicables de los Estatutos Sindicales que rigen la vida interna del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Y ROMERO DESCHAMPS SE ELIGE POR CUARTA OCASIÓN COMO SECRETARIO GENERAL

8.- PARA EL REGISTRO Y EXPEDICION DE LA TOMA DE NOTA “NO SE ACOMPAÑARON TODOS LOS DOCUMENTOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 365 AL 369 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

9.- CARLOS ANTONIO ROMERO DESCHAMPS SEGÚN EL ACTA DE LA XXIV CONVENCION ESTRAORDINARIA, NO HA RENDIDO PROTESTA DEL CARGO ANTE LA DIRECTIVA DEL COLEGIO ELECTORAL como lo prevé los artículos del 277 al 280 y demás relativos y aplicables de los Estatutos Sindicales que rigen la vida interna del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana; Razón por la que ante tan evidentes violaciones a los Estatutos que se realizaron por parte del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato, debió negárseles la Toma de Nota, ello en estricto acatamiento a lo que le ordenó el Tribunal Colegiado en la ejecutoria de amparo.

10.- Las votaciones se realizaron contrario a lo dispuesto por los artículos 286 al 288 y demás relativos y aplicables de los Estatutos Sindicales que rigen la vida interna del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, ya que los delegados de la XXIV Convención Extraordinaria sólo tenían facultades para resolver los puntos previstos en la supuesta convocatoria de 14 de octubre del 2006.

11.- LAS ELECCIONES Y EL REGISTRO DE LAS MISMAS SE HICIERON SIN CUMPLIR CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 365 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

12.- LAS ELECCIONES SE REALIZARON SIN QUE SE LES DIERA LA PUBLICIDAD DEBIDA A LAS CONVOCATORIAS PARA QUE LOS 91,911 SOCIOS O AGREMIADOS PUDIERAN YA SEA VOTAR O CONTENDER SEGÚN SU ELECCIÓN.

13.- LAS ELECCIONES SE REALIZARON BASADAS EN UN ESTATUTO GENERAL QUE CARECÍA DE VIGENCIA.

14.- LOS ESTATUTOS SEÑALAN QUE SE DEBE DE ELEGIR A TODO EL COMITÉ EJECUTIVO DEL STPRM Y EN ESTE CASO SOLO SE ELIGIO CARLOS ROMERO.

Estas son tan solo algunas de las violaciones que Carlos Romero efectuó en su fraudulenta cuarta elección.


De tal forma que desde el primer momento de este acto delictivo y corruptivo se ha dado una batalla fuerte en los tribunales y se ha logrado que los dos amparos que se han interpuesto salgan en contra de la cuarta elección de Romero.

Sin embargo la STPS no ha acatado las determinaciones de los tribunales y actuando de manera delictiva y corruptiva le ha otorgado “Tomas de Nota” a Romero. El último atraco de este tipo lo cometió el 9 de octubre de 2009.

Ante está violación a la legalidad y al Estado de Derecho. Tanto de Carlos Romero como de la STPS. Los trabajadores petroleros en lucha por la democratización del STPRM vamos a intensificar nuestra lucha ya que no estamos de acuerdo en la forma en como las autoridades han actuado.

Impulsaremos amparos indirectos por la nulidad de la Toma de Nota otorgada el día 9-10- 2009 a Carlos Romero Deschamps. Ya que la STPS no cumplió con lo ordenado por los tribunales, al no hacer los análisis de los documentos y constancias expuestos por la actual dirigencia del STPRM a la STPS. Dicha secretaría esta obligada a analizar, si se cumplió en la XXIV convención extraordinaria con los requisitos estatutarios en la elección del Comité ejecutivo General de Sindicato Petrolero. Lo cual no ha hecho y en lo que va del periodo 2007-2012 ha otorgado TRES Tomas de Nota de manera ilegal e ilegitima a Carlos Romero.

En ese sentido el Amparo Indirecto es para echar abajo de una vez el reinado de Carlos Antonio Romero Deschamps, que tanto daño le ha hecho al STPRM, A PEMEX y a la Nación. También para exhibir la forma delictiva y corruptiva en que las autoridades de la STPS han tratado esta problemática intersindical, protegiendo y solapando a Carlos Romero.

Estamos seguros que la razón jurídica nos asiste y estamos convencidos que nuevamente los tribunales fallaran en contra de la cuarta elección de Carlos Romero. Ya que el problema es el mismo, el expediente es el mismo, los actores son los mismos. Los magistrados no tienen por que cambiar su razonamiento.

Está batalla la tenemos ganada. Les exigimos a las autoridades de este País que ya dejen de proteger y solapar a Carlos Antonio Romero Deschamps. Se están viendo muy mal, su cinismo no tiene límites. Nosotros no queremos ser cínicos.

Los trabajadores petroleros en lucha por la democratización del STPRM no vamos a cesar en nuestra lucha. Nosotros si queremos que en verdad las cosas cambien, de lo contrario estaremos peor.

A manera de conclusión:

Recientemente la STPS en las elecciones del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no le entrego la toma de nota al C. Martín Esparza Flores, aludiendo que dicha elección estuvo “plagada” de irregularidades. De tal forma que el titular de la STPS Javier Lozano Alarcón salió en defensa de la legalidad y del Estado de Derecho, interpelando a Esparza y su grupo como si Lozano fuera el contrincante o el aludido.

Sin embargo en el caso del Sindicato Petrolero, la actuación de Lozano ha sido muy diferente. Siendo que aquí ya se demostró que la cuarta elección de Carlos Antonio Romero Deschamps a todas luces es fraudulenta e ilegal y en donde ya salieron dos amparos cuyo resolutivo de los tribunales señalan que hubo irregularidades en la elección.

La STPS hace caso omiso e ignora los resolutivos de los Tribunales de la SCJN y el titular de dicha Secretaría Javier Lozano Alarcón sale a defender a capa y espada a Carlos Antonio Romero Deschamps, diciendo que cumplió con los requisitos que marcan los estatutos del STPRM en su cuarta elección.

Nos parece que el gobierno no está siendo consistente en la aplicación de la Justicia. La manifestación del SME del 8 de agosto del 2009 así lo demuestra, los electricistas salieron a la calle en apoyo a Martín Esparza, ese mismo día los petroleros democráticos también nos manifestamos en contra de la cuarta elección de Romero y porque la STPS aplicara la Ley conforme a Derecho en nuestra problemática.


Lo anterior porque existía el ordenamiento del Juez Quinto de Distrito en Materia de Trabajo para que dicha Secretaría resolviera con base “a hacer un estudio exhaustivo de los procesos estatutarios correspondientes y de manera pormenorizada relacionar las constancias respectivas para concluir si la convención de que se trata se llevó o no conforme a los aludidos estatutos, y por ende, si procedía o no tomar nota del nuevo Comité Ejecutivo General del Sindicato Petrolero” .

Después de pedir prorrogas por más de un mes para dar su contestación el día 9 de septiembre de 2009 la STPS le otorga otra Toma de Nota a Romero.

No es posible que dos casos “similares” sean tratados de diferentes formas. Lo sorprendente es que las autoridades y todo México saben que Carlos Romero es un delincuente. Sin embargo el gobierno en turno lo apapacha, protege y solapa.

Sr. Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de México:

En verdad nos preocupa la problemática por la cual estamos atravesando en el Sindicato Petrolero.

Usted anda pregonando que está combatiendo la delincuencia, la corrupción y la impunidad. Pero lo cierto es que nosotros no vemos nada de eso. A pesar de que ya hemos comprobado que Carlos Antonio Romero Deschamps violo nuestros estatutos en su cuarta elección y que no cumple los requisitos para ocupar el cargo que ostenta en el STPRM, Ustedes lo siguen protegiendo.

A pesar de todo el rosario de actos delictivos y corruptivos con que cuenta este personaje. Ustedes le dan impunidad y le ayudan a que continué con su carrera.

Esto no se vale. Donde esta el Estado de Derecho del que tanto hacen alarde. Mejor acepten y digan que no pueden con Carlos Antonio Romero Deschamps.

De todos modos nosotros vamos a continuar con nuestra lucha en los tribunales ya que nosotros si queremos el cambio y no vamos a cesar en nuestra Posición. Hasta que Carlos Romero Deschamps este fuera de nuestro sindicato.

Nuestra lucha ha sido conforme a Derecho e institucional. Sin embargo los funcionarios encargados de impartir Justicia, respetando y aplicando la Ley conforme a Derecho, hasta el momento no lo han hecho. Por lo tanto las instituciones que representan se han visto muy disminuidas.

Es en ese sentido es que nos dirigimos a Usted con la finalidad de que ahora si. Se aplique la Ley conforme a Derecho y se haga justicia en este caso.

Eso es lo único que estamos exigiendo Justicia.

En espera de una respuesta a nuestro reclamo:


¡¡¡Fuera Charros del STPRM!!!

Trabajadores petroleros en lucha por la democratización del STPRM.

Unidos venceremos.



Mario Daniel Ramos Pérez.
Sección 44.
danielramos_puebla@hotmail.com



Aarón Soledad Hernández Jarillo.
Sección 34.
petroleros36@gmail.con

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