jueves, 20 de octubre de 2022

 

México a 17 de octubre del 2022. Boletín #34.

Democracia Sindical.                        

Lic. Andrés Manuel López obrador. Presidente de México.

Al Lic. Alejandro Hertz Manero. Fiscal General de la Republica.

Al Ing. Octavio Romero Oropeza. Director de Pemex.

Al Lic. Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación.

A la Lic. Luisa María Alcalde Lujan, Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Al Lic. Pablo Gómez Álvarez. Unidad de Inteligencia Financiera.

A la Ing. Norma Roció Nahle García, Secretaria de Energía.     

A los trabajadores petroleros del STPRM.                   

Al pueblo de México:

 

Sobre el convenio 2015:

Aarón Soledad Hernández Jarillo.

Después de la reforma energética de Enrique peña Nieto, del 2013, a partir del 2015, fueron firmados varios acuerdos a espaldas de los trabajadores, por los charros del STPRM, encabezados por CARD[1], Ricardo Aldana Prieto[2] y los directivos de Pemex. En este caso nos referiremos a los convenios 10773-2015, fechado el 11 de agosto de 2015, y, al convenio, 10775/2015, firmado el 9 noviembre 2015, ya que, son complementarios.

El objetivo fundamental de los directivos de Pemex, con la firma de estos acuerdos es “aligerarle la carga a Pemex” de lo que, le denominan “pasivo laboral”. En este caso, el objetivo de los charros es el de sacar provecho “con la venta de las conquistas contractuales de los trabajadores”. Con base en estos acuerdos realizados al sistema de retiro (jubilación), miles de trabajadores petroleros pasaron a cuentas individuales (AFORES), con lo cual dicen los funcionarios de Pemex, que las jubilaciones del trabajador petrolero “ya no serán tan onerosas y costosas”, para el patrón (gobierno federal)., como las de los trabajadores que se jubilaron antes de la firma de estos convenios, así como los que se continúen jubilando y que según el convenio ya contaban con más de 15 años de antigüedad.

Los acuerdos señalan que todos los trabajadores que, en el momento de entrar en funciones estos acuerdos, tengan 15 años de antigüedad, los trabajadores de nuevo ingreso, así como los trabajadores transitorios que hayan firmado su planta a partir del 1 de enero del 2016 se incorporaran al régimen de cuentas individuales. De tal manera que los trabajadores que estén en las condiciones antes señaladas, ya no serán jubilados, como lo señala el CCT, sino que perderán toda una serie de conquistas laborales y sus ingresos serán menores a los de los trabajadores que se jubilen bajo el esquema de jubilaciones anteriores a dicho convenio.

De tal forma que, para estos trabajadores, que se indican en el párrafo anterior, el tiempo laboral para obtener su pensión se alarga a los 60 años de edad, y, no como estaba establecido, a los 55 años de edad, con una antigüedad laboral de 30 años. Lo interesante es que, con base en estos convenios se indica que, “esa edad se irá ampliando con el tiempo hasta los 65 años de edad”.

El convenio, 10775/2015, firmado por los charros, también a espaldas de los trabajadores, el 9 noviembre 2015, establece que “todos los trabajadores ingresados a partir del 1 de enero del 2000 se podrán jubilar hasta cumplir 65 años de edad para acceder a una pensión completa, y no como ocurre actualmente con los que tienen 60 años e ingresaron hasta el 31 de diciembre de 1999[3]”. Este convenio también señala que, todos los trabajadores que cuenten con menos de 15 años de antigüedad al 31 de diciembre del 2015 se pueden jubilar a los 60 años de edad, siempre y cuando acrediten al menos 30 años de trabajo. así mismo señala, que los trabajadores con 40 años de antigüedad, se pueden jubilar sin límite de edad. Los dos acuerdos que hemos señalado, ya son parte del CCT 2015/2017, cuya vigencia es del 1 de agosto de 2015 al 31 de julio de 2017.

La finalidad de los convenios antes señalados es la de modificar las condiciones jubilatorias de los trabajadores que “cayeron en dicho acuerdo”, afectando sus ingresos y su tiempo de vida laboral, metiéndolos a cuentas individuales (AFORES), alargando el periodo de jubilación a 60 años de edad, con miras hasta los 65 años de edad, también están contempladas reducciones en las prestaciones como son gasolina, gas, y canasta básica, cuyos montos se actualizan cada año de acuerdo con los incrementos salariales, pero fueron modificados.

Los directivos de Pemex señalaron:

Los directivos de Pemex señalaron que el acuerdo 10773-2015 es el más importante que ha hecho con el STPTM, en las últimas 7 décadas, “en toda la historia del STPRM”, hay que recordar que estamos hablando del 2015, indicando que, “Pemex logró convencer a sus trabajadores de crear nuevas condiciones de jubilación para aquellos trabajadores con menos de 15 años de antigüedad, así como para los de nuevo ingreso; ambos cambios con el fin de que esas jubilaciones resulten mucho menos onerosos para el gobierno (patrón), de las que hoy tiene[4]”.

De esta manera, Pemex actualiza su sistema de pensiones, y según los directivos, habrá un desahogo, de la carga que representa el pasivo laboral, el cual viene siendo arrastrado y se ha estado acumulando, debido a la normatividad del CCT, el cual no había cambiado en los últimos 70 años.  

El acuerdo 10773-2015 pactado con los charros, estipula nuevas condiciones jubilatorias para los trabajadores de la industria petrolera, a los directivos de Pemex, les resulta, muy benéfico y representa un “triunfo”. Ya que podrá reducir su pasivo laboral, el cual representaba en el 2015, 1.5 billones de pesos, de tal manera que con este acuerdo la SHCP, tendrá ahorros que logre Pemex con su nuevo sistema de pensiones, con lo cual “sanará” su situación financiera., incluso los directivos de Pemex, llegaron a decir que, “Con estas medidas, será posible lograr una importante reducción del pasivo laboral de la empresa, que en el 2015 era de 1.5 billones de pesos”, sin embargo, esto no sucedió, todo lo contrario, el pasivo laboral de Pemex se ha incrementado de manera exagerada, de finales de 2015, al mes de mayo del 2022, ya es de 4.1 billones de pesos[5].    

Corolario:

El convenio 10773-2015, 10775-2015, y, los demás convenios que realizaron entre 2015 y 2018, fueron firmados por los charros a espaldas de los trabajadores, son acuerdos que van en contra de nuestro estado de derecho, porque los logros alcanzados por los trabajadores y pactados en el CCT, no pueden ser suprimidos, reformados o cambiados., además de que estos acuerdos fueron firmados por los charros y los directivos de Pemex a espaldas de los trabajadores. Hay que recordar que los charros del STPRM, en el 2015 eran espurios y en esta administración lo siguen siendo. No se puede aceptar, ningún tipo de retroceso en el CCT del STPRM.   



¡¡¡Fuera Charros del STPRM!!!

Unidos venceremos.

petroleros36.blogspot.com

petroleros36@gmail.com



[1] Carlos Antonio Romero Deschamps, actual cacique del STPRM.

[2] Actualmente charro mayor del STPRM, al servicio del cacique CARD.

[3] Luis Carriles, Cambiará modelo de pensiones petroleras en 5 años, 14 de marzo de 2016.

[4]  Jairo Ibarra, Sentido Común, Pemex, sindicato logran acuerdo histórico pensiones, baja carga laboral 11/11/2015.

[5] Diana Nava, Expansión, Mas contrataciones y pago de jubilaciones elevaran 29% el pasivo laboral de Pemex. 11 de mayo 2022. 

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